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Sandra González Mediación familiar

Pensión de Alimentos

Pensión de alimentos: cómo funciona la mediación familiar

Antes de demandar alimentos en Chile, en general corresponde pasar por mediación. Le explicamos qué puede conversarse, qué antecedentes conviene reunir y qué ocurre si no se llega a acuerdo.

Por Sandra González · Publicado

Mochila escolar, alcancía y zapatillas de niño sobre una mesa; una mano deja unas monedas.

Actualización normativa: Contenido revisado según el texto de la Ley N.º 19.968 consultado en octubre de 2026. Si la normativa cambia, este artículo se actualizará.

Cuando una familia se reorganiza, una de las primeras preguntas que suele aparecer es cómo se va a contribuir a las necesidades de hijos e hijas. La pensión de alimentos es un tema sensible: involucra dinero, rutinas y, sobre todo, el bienestar de niños, niñas y adolescentes. En Chile, antes de llevar esta materia a un tribunal de familia, en general corresponde pasar por una instancia de mediación. En este artículo le explicamos, en lenguaje sencillo, cómo funciona ese proceso, qué puede conversarse y qué puede esperar de él.

La mediación previa obligatoria en materia de alimentos

La Ley N.º 19.968, que crea los Tribunales de Familia, define la mediación como un sistema en el que un tercero imparcial, sin poder decisorio, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución a su conflicto. La mediadora no decide por usted ni impone un acuerdo: su rol es facilitar una conversación ordenada y respetuosa.

El artículo 106 de esa ley establece que, en las causas sobre derecho de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular, la mediación debe realizarse antes de presentar la demanda. Esto aplica también cuando estas materias se discuten dentro de un juicio de divorcio o de separación judicial. Existen algunas excepciones, por ejemplo cuando las partes ya participaron en una mediación ante un mediador inscrito en un período reciente o cuando cuentan con un acuerdo previo sobre la materia. Si tiene dudas sobre su situación particular, puede revisar nuestras preguntas frecuentes o consultar en una asesoría.

Si desea conocer el marco general con más detalle, le recomendamos leer qué es la mediación familiar y cuándo corresponde en Chile.

Qué puede conversarse en una mediación sobre alimentos

La mediación ofrece un espacio para que ambas partes expongan sus necesidades y posibilidades, y busquen acuerdos que consideren el interés superior de hijos e hijas. Algunos temas que en general pueden abordarse son:

  • Monto de la pensión: cuánto aportará cada parte, considerando las necesidades de los hijos y las posibilidades económicas de quienes participan.
  • Forma de pago: por ejemplo, transferencia bancaria, depósito en una cuenta determinada u otra modalidad que resulte práctica y verificable.
  • Fecha de pago: el día del mes en que se realizará el aporte, para dar previsibilidad a la organización familiar.
  • Gastos extraordinarios: cómo se abordarán gastos que no son mensuales o habituales, como los de salud (consultas, tratamientos, medicamentos) o educación (matrícula, uniformes, materiales).
  • Reajuste: de qué manera se actualizará el monto en el tiempo, para que el acuerdo siga siendo pertinente.

Cada familia es distinta, por lo que los temas y su profundidad dependen de los antecedentes del caso. También es posible que, en un mismo proceso, se conversen otras materias relacionadas, como la relación directa y regular, si las partes así lo desean.

Antecedentes que conviene tener a mano

Llegar con información ordenada suele facilitar la conversación y ayuda a que los acuerdos sean realistas. En general, puede ser útil reunir:

  • Un detalle aproximado de los gastos de hijos e hijas: alimentación, vivienda, educación, salud, vestuario, transporte y actividades.
  • Información sobre los ingresos de cada parte, en la medida en que cada persona esté dispuesta a compartirla en el proceso.
  • Boletas, comprobantes o registros de gastos relevantes, especialmente los de salud y educación.
  • Cualquier acuerdo previo, aunque sea informal, que hayan tenido hasta ahora.

No es necesario tener todo resuelto antes de la primera sesión. La asesoría sirve justamente para resolver dudas generales y saber qué preparar. Le pedimos, eso sí, no enviar antecedentes detallados de su situación familiar por WhatsApp o correo electrónico: esa información se conversa dentro del proceso.

Lo que la mediación no promete

Es importante tener expectativas claras. La mediación no garantiza que se alcance un acuerdo ni asegura un monto determinado. Tampoco es una instancia para establecer quién tiene la razón: la mediadora es imparcial y no toma partido por ninguna de las partes.

El proceso se basa en principios como la igualdad de condiciones, la voluntariedad, la confidencialidad y la imparcialidad. La voluntariedad significa que nadie está obligado a aceptar un acuerdo con el que no está conforme. La confidencialidad busca que lo conversado en las sesiones se mantenga en reserva, lo que permite dialogar con mayor tranquilidad.

Además, la mediación no reemplaza la asesoría jurídica; si lo estima necesario, puede consultar a un abogado o abogada para revisar un eventual acuerdo.

Qué pasa si se llega a un acuerdo

Cuando las partes logran acuerdo, este queda por escrito en un acta de mediación. Ese acuerdo puede someterse a la aprobación del tribunal de familia; una vez aprobado, en general tiene el valor de una sentencia ejecutoriada, lo que le da fuerza para su cumplimiento. Los alcances concretos dependen de los términos del acuerdo y de la revisión que haga el tribunal.

Qué pasa si no hay acuerdo

Si las partes no logran acordar, o si una de ellas no asiste a las sesiones, se emite un acta de mediación frustrada. Ese documento deja constancia de que se cumplió la etapa de mediación previa y permite presentar la demanda ante el tribunal de familia, que será quien resuelva. Puede revisar el valor de este documento y de las sesiones en nuestra página de aranceles.

Un proceso sin acuerdo no es un fracaso personal. A veces la conversación sirve para aclarar posiciones, ordenar información o acercar puntos que luego facilitan otras etapas.

Mediación online y Sistema Nacional de Mediación

La mediación puede realizarse por videoconferencia cuando las partes están de acuerdo y se cumplen las condiciones necesarias para una conversación privada y segura. Si le interesa esta modalidad, puede ver cómo funciona la mediación y los detalles de la modalidad online. La atención que ofrecemos es exclusivamente online, para personas de toda la Región Metropolitana.

Existe también el Sistema Nacional de Mediación, con atención gratuita para quienes cumplen sus requisitos. La mediación privada es una alternativa con arancel, que algunas familias eligen por la posibilidad de coordinar horarios y realizar las sesiones a distancia.

Un primer paso con calma

Si está pensando en iniciar una conversación sobre pensión de alimentos y no sabe por dónde empezar, una asesoría online de 45 minutos puede ayudarle a entender el proceso y a evaluar, en términos generales, si la mediación puede corresponder a su situación. Cuando se sienta preparado o preparada, puede agendar una orientación en el horario que le acomode.

Fuentes

Este artículo es informativo y no constituye asesoría jurídica personalizada. La procedencia de la mediación depende de los antecedentes de cada caso.

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